La sanidad en España está transferida a las comunidades autónomas. Eso significa que el nombre del servicio, los requisitos y la forma de pedir cita cambian según dónde vivas.
Lo que no cambia en ninguna: sin empadronamiento no hay tarjeta sanitaria. Ese es siempre el punto de partida.
Este trámite no lo gestionamos, y es gratuito: se pide en tu centro de salud. Esta página es solo la guía. Lo que sí hacemos es el empadronamiento, que es el paso previo sin el que ninguna comunidad te da la tarjeta.
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Si buscas «tarjeta sanitaria» sin más, encuentras información contradictoria. La razón es que hay diecisiete sistemas distintos. Estos son los nombres de los principales, por si te suenan de los carteles del centro de salud:
El trámite se hace en tu centro de salud de zona —el que corresponde a tu domicilio— o en la unidad administrativa que indique tu comunidad. No en extranjería, no en la Seguridad Social, no en el ayuntamiento.
Si estás de alta como trabajador, tu cobertura viene por la Seguridad Social y la tarjeta es prácticamente un trámite administrativo. El camino difícil es el de quien no trabaja.
Aquí es donde las comunidades se diferencian de verdad, y donde circula más desinformación. Tres ideas que conviene tener claras:
La urgencia está siempre cubierta
La atención de urgencia y la atención a menores y embarazadas no depende de tu situación administrativa en ninguna comunidad. Si necesitas urgencias, ve a urgencias.
Varias comunidades tienen una vía propia
Existen procedimientos para personas sin recursos y sin autorización de residencia, normalmente con un periodo mínimo de empadronamiento y un informe de servicios sociales. El nombre y las condiciones varían por comunidad.
El empadronamiento es la llave
En casi todos esos procedimientos lo que se pide es llevar cierto tiempo empadronado en el municipio. Es otra razón para empadronarse el primer mes y no el sexto.
Si es tu caso, pregúntanos por tu comunidad concreta: la diferencia entre una y otra es grande, y no tiene sentido que te expliquemos aquí un requisito que en tu región no aplica.
Ese último punto sorprende a mucha gente que se muda de Madrid a Cataluña o al contrario: la tarjeta anterior deja de servirte para la atención ordinaria y hay que repetir el trámite en el servicio de la nueva comunidad.
Sí. Varias comunidades tienen una vía para personas sin recursos, normalmente con un periodo mínimo de empadronamiento y un informe de servicios sociales. Las condiciones cambian según la comunidad.
Sí, en todas las comunidades. Es el documento de partida y sin él el trámite no avanza.
La atención de urgencia y la atención a menores y embarazadas no dependen de la situación administrativa. Para la asistencia ordinaria, varias comunidades tienen procedimientos específicos.
En tu centro de salud de zona o en la unidad administrativa que indique tu comunidad autónoma. No es un trámite de extranjería.
Para la atención ordinaria no. Hay que darse de alta en el servicio de salud de la nueva comunidad, porque las tarjetas no son intercambiables.
Un documento gratuito que se solicita a la Seguridad Social y cubre estancias temporales en países de la Unión Europea. No sustituye a la tarjeta de tu comunidad.
El trámite es gratuito. Si alguien te cobra por gestionarla como si fuera un permiso, desconfía.
Última revisión: 2 de septiembre de 2026.
Información general, no asesoramiento jurídico. Los requisitos, las tasas y los plazos los fija la Administración y pueden cambiar: confirma siempre la información oficial de tu ayuntamiento, comunidad u oficina antes de acudir.
Es el paso previo obligatorio y ese sí lo gestionamos nosotros. Dinos tu municipio y tu situación. Los requisitos cambian bastante de una a otra y te decimos exactamente qué llevar.