Once caminos distintos para estar legal en España. El primer error es elegir el que no te toca.
Aquí está cada vía con lo que pide y a quién le sirve. Si no sabes cuál es la tuya, cuéntanos tu situación y te lo decimos: eso no se cobra.
Habla con nosotros
Formulario de 1 minuto · sin pago anticipado
No por el nombre del trámite. Lee las once frases y quédate con la que describe tu caso.
01 · Ya llevas tiempo en España
99€
Cinco vías desde el reglamento de 2025: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y para segunda oportunidad. Lo que cambia entre ellas es el tiempo de permanencia que piden y qué hay que acreditar.
Lo que piden
02 · Quieres traer a tu familia
99€
Dos regímenes distintos y elegir mal cuesta meses: el general, si eres extranjero con residencia, y el comunitario, si el familiar es ciudadano de la UE o español.
Lo que piden
03 · Eres de la UE, o familiar de alguien de la UE
59€
No es una TIE ni lleva huellas: es el certificado de registro (EX-18) para el ciudadano comunitario, y la tarjeta de familiar de la UE (EX-19) para quien viene con él.
Lo que piden
04 · Necesitas asilo
299€
Circuito propio: manifestación de voluntad, cita de entrevista y formalización. Da tarjeta roja mientras se resuelve, y esa tarjeta se renueva periódicamente.
Lo que piden
05 · Vienes a estudiar
59€
Si el programa dura más de seis meses, la estancia se materializa en tarjeta y por tanto pasa por la toma de huellas. Al terminar se puede modificar a residencia y trabajo.
Lo que piden
06 · Puedes mantenerte sin trabajar
59€
Para quien acredita medios propios suficientes y no va a trabajar en España. Se pide desde el consulado del país de origen y luego se materializa aquí.
Lo que piden
07 · Llevas cinco años con residencia legal
59€
Después de cinco años de residencia legal y continuada se puede pedir la larga duración, que da un estatus más estable y una tarjeta de más años.
Lo que piden
08 · Quieres ser español
99€
El plazo depende de tu país y tu situación: dos años para iberoamericanos y algunos más, diez en el caso general, con excepciones. Se pide por internet.
Lo que piden
09 · Ya tienes tarjeta y quieres cambiar de situación
99€
Modificación de la autorización
De estudiante a trabajador, de no lucrativa a trabajo, de cuenta ajena a cuenta propia. Sin salir de España y sin empezar de cero, mientras tu autorización siga en vigor.
Lo que piden
10 · Tu pareja es española o de la UE
59€
La vía comunitaria: no se pide oferta de trabajo ni cuota, solo el vínculo y que tu pareja tenga medios. Tarjeta de cinco años, con derecho a trabajar desde el primer día.
Lo que piden
11 · Trabajas en remoto para fuera de España
59€
La figura de teletrabajo internacional de la Ley de Startups. Requisitos claros, resolución rápida y tarjeta de tres años si se pide desde España.
Lo que piden
Las once tienen ya su guía con los requisitos, los plazos y lo que se lleva a la ventanilla. Y si lo que buscas es poder trabajar legalmente, ahí están las seis vías que lo habilitan. Si tu caso está entre dos, escríbenos y lo miramos.
Salvo el certificado de registro UE y la nacionalidad, todas estas vías acaban en una tarjeta física, y toda tarjeta pasa por la toma de huellas. Ahí es donde se atasca la mayoría.
El orden es siempre este:
El mes corre aunque el sistema esté vacío todos los días. Por eso conviene empezar a buscar la cita el mismo día de la notificación.
Sí, y es gratis. Cuéntanos tu situación con tus palabras —cuánto llevas aquí, con qué documento, si trabajas— y te decimos qué vía te corresponde.
Podemos revisarte la documentación y conseguirte la cita. La presentación y la firma son tuyas, y si el caso necesita un abogado te lo decimos claramente.
Los que acaban en tarjeta, sí: arraigo, reagrupación, estudios, larga duración, familiar de la UE. El certificado de registro UE y la nacionalidad, no.
Depende del trámite y de la oficina. Lo que sí es fijo es tu plazo: una vez tienes la resolución, un mes para pedir la cita de huellas.
Se puede recurrir, y ahí sí conviene un abogado. Nosotros te ayudamos con la cita y la documentación, no con el recurso.
En algunos casos sí, y se llama modificación: por ejemplo de estancia por estudios a residencia y trabajo. Escríbenos y lo miramos.
Última revisión: 4 de septiembre de 2026.
Información general, no asesoramiento jurídico. Los requisitos y los plazos los fija la Administración y pueden cambiar.
Estas tres dudas son las que más nos llegan, y elegir mal en cualquiera de ellas cuesta meses. Cada una está resuelta en una página:
Cuéntanos cuánto llevas en España, con qué documento y si trabajas. Con eso te decimos qué vía te corresponde, y eso no se cobra.